• Contacto
  • Política de privacidad
  • Terminos y Condiciones
EnDirecto
  • Nacional
  • CDMX
  • Estados
  • Economía
  • Tendencia
  • Deportes
  • Entretenimiento
  • Columnistas
    • Adriana Moreno
    • Carlos Ramírez
    • Héctor Moctezuma
    • Luis Repper
    • Takagui LoComenta
    • Miguel Ángel Sánchez de Armas
    • Moisés Sánchez Limón
    • Roberto Vizcaíno
    • Ubaldo Díaz
No Result
View All Result
  • Nacional
  • CDMX
  • Estados
  • Economía
  • Tendencia
  • Deportes
  • Entretenimiento
  • Columnistas
    • Adriana Moreno
    • Carlos Ramírez
    • Héctor Moctezuma
    • Luis Repper
    • Takagui LoComenta
    • Miguel Ángel Sánchez de Armas
    • Moisés Sánchez Limón
    • Roberto Vizcaíno
    • Ubaldo Díaz
No Result
View All Result
EnDirecto
No Result
View All Result

¿Sabías que el delito de despojo, ya no podrá ser castigado por el simple paso del tiempo?

11 de julio de 2023
in Nacional
SendShareTweet

 

Por Gerardo Gámez Pacheco (*)

El delito de despojo es un acto de “ocupación” de un inmueble por parte de una o varias personas, con el propósito de permanecer en él, sin derecho alguno, en perjuicio y sin el consentimiento del legítimo poseedor.

En los últimos años, este delito ha tenido un aumento significativo en los diversos estados de nuestro país, principalmente en la Ciudad de México, Estado de México y Morelos; además, es sabido que, en algunos casos participan servidores públicos cuyas funciones les permiten fácilmente agilizar los trámites de enajenación y/o adjudicación de bienes inmuebles, ya sean casa habitación, predios vacíos o incluso edificios. De ahí que esta actividad sea conocida socialmente con el nombre “El Cartel Inmobiliario”, pues la forma de operar de estos delincuentes abarca a veces todo un entramado de corrupción por parte de algunas autoridades.

En las fiscalías de nuestro país se encuentran abiertas múltiples carpetas de investigación por este delito, las cuales presentan diversos problemas para su resolución tales como: la excesiva carga de trabajo de los agentes del Ministerio Público, la desafortunada falta de conocimiento técnico jurídico de los operadores del sistema de justicia para investigar dicho delito e, incluso, la corrupción, sumándose eventualmente a ello problemas de redacción legislativa, los cuales se ven reflejados en los distintos códigos penales de los Estados de la República.

En cuanto a su consumación, las leyes mexicanas sostienen que los delitos se dividen en instantáneos, permanentes o continuos y continuados. El delito es instantáneo cuando se agota en un solo acto, es decir, cuando la acción que consuma el delito se perfecciona y se agota en un solo momento; los ejemplos más claros son el homicidio porque la muerte se verifica en un solo momento y el robo porque el desapoderamiento también se consuma en un solo momento.

El delito permanente o continuo se entiende cometido durante todo el momento en que el autor se encuentra desplegando una conducta delictiva, violando una misma norma penal y perdurando esa acción u omisión en el tiempo por voluntad del autor, tal como acontece en la privación ilegal de la libertad.

El delito continuado, por su parte, se concreta cuando existe voluntad de violar una misma norma penal, por medio de varias acciones, en perjuicio de una persona (víctima), en la que cada una importa una forma análoga de transgredir la ley, ejemplo de ello es el llamado robo hormiga.

Es importante conocer la naturaleza jurídica del delito de despojo, ya que recientemente la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que dicho delito es de consumación instantánea y no permanente, lo cual significa que desde el momento en que el delincuente ocupa un inmueble de manera indebida, empieza a correr el plazo de prescripción de la acción penal, es decir, el plazo con que cuenta el agente del Ministerio Público para investigar ese delito y solicitar a la autoridad judicial imponga la pena correspondiente, siendo importante destacar entonces que, después de pasado determinado tiempo este delito ya no puede ser investigado ni sancionado penalmente, lo que trae como consecuencia la extinción de la responsabilidad penal de la persona, a pesar de haber cometido un hecho que la ley Penal tiene catalogado como delito; por lo que las reglas de la prescripción que extinguen la acción penal de la autoridad en este ilícito deben ser aplicadas a partir de la realización de esa conducta, es decir, desde que la persona ocupó de manera ilegitima el inmueble y no desde que la víctima se entera de la comisión del delito, o bien, a partir de que le es restituido o devuelto al legitimo poseedor, criterio que prevalecía hasta antes de la publicación de este criterio jurisprudencial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

No obstante el criterio adoptado por nuestro máximo tribunal de justicia, se estima que este dejó de observar que, en la vida cotidiana el delincuente regularmente comete el delito de despojo de forma furtiva, es decir, cuando nadie lo ve; por ello es común que cuando la víctima se entera de que su inmueble fue ocupado ilegalmente, ya han transcurrido días, meses o incluso años y ello limita considerablemente que la víctima pueda acudir a denunciar con precisión ante el Ministerio Público las circunstancias de tiempo, lugar y modo en que se cometido dicho delito.

Es por lo anterior que, se estima que la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación se aparta de una efectiva tutela del derecho de posesión de los ciudadanos propietarios de un bien inmueble, pues, al reconocer al delito de despojo la naturaleza de consumación instantánea, es evidente que esto representa serios problemas tanto para la víctima del delito como para la autoridad ministerial, esto se dice porque es obvio que, en aquellos casos en que la víctima no se percate de la ilegal ocupación de un inmueble de su propiedad, esta se encontrará imposibilitada para referir con precisión al agente del Ministerio Público las circunstancias de comisión del delito, el cual posiblemente ya no sería posible investigar y sancionar por el simple paso del tiempo y en consecuencia, esto se puede traducir incluso en un sin fin de casos de impunidad.

¿Tienes algún problema similar? Es importante que te acerques a un experto en la materia, que pueda resolver todas tus dudas e inquietudes.

(*) Socio director de Gámez & Castañeda, Firma Jurídica y Auditoría
[email protected]

Buscar

No Result
View All Result

Publicaciones Recientes

ABANICO/ El poder de las redes

ABANICO/ Los cuatro jinetes del apocalipsis en las opciones de compra

18 de agosto de 2025
GOBIERNO DE CALIDAD/ ¡Ya está aquí la IA multimodal!

GOBIERNO DE CALIDAD/ Ladrones invisibles en la innovación

18 de agosto de 2025
FILANTROPIA/ Sustentabilidad en la era digital

FILANTROPÍA/ Apropiación cultural

18 de agosto de 2025

ASUNTOS DE ESTADO: Cama pedorra: Gerardo Fernández Noroña.

17 de agosto de 2025

*Ni la ven, ni la oyen – En Morena cero humildad, sencillez, justa medianía

17 de agosto de 2025

Related Posts

Urgen empresarios una estrategia nacional para proteger imagen turística
Nacional

Urgen empresarios una estrategia nacional para proteger imagen turística

by Redacción
17 de agosto de 2025
Aumenta 30% el uso de tarjetas de crédito por regreso a clases
Nacional

Aumenta 30% el uso de tarjetas de crédito por regreso a clases

by Redacción
17 de agosto de 2025
Recluta el crimen organizado a 370 jóvenes semanalmente, alertan autoridades
Nacional

Recluta el crimen organizado a 370 jóvenes semanalmente, alertan autoridades

by Redacción
17 de agosto de 2025
Sheinbaum y Arévalo reafirman compromisos en seguridad, transporte y energía
Nacional

Sheinbaum y Arévalo reafirman compromisos en seguridad, transporte y energía

by Redacción
15 de agosto de 2025
México y EU acuerdan plan binacional contra gusano barrenador
Nacional

México y EU acuerdan plan binacional contra gusano barrenador

by Redacción
15 de agosto de 2025
Ana Katiria «N», la “defensora” que cobraba millones y hoy se esconde en España
Nacional

Ana Katiria «N», la “defensora” que cobraba millones y hoy se esconde en España

by Redacción
13 de agosto de 2025
Next Post

De 53 detenidos por feminicidios en México, solo 23 casos han sido resueltos

EnDirecto

© 2010 Endirecto, Información EnDirecto, con el derecho a saber y opinar

  • Contacto
  • Política de privacidad
  • Terminos y Condiciones

No Result
View All Result
  • Nacional
  • CDMX
  • Estados
  • Economía
  • Tendencia
  • Deportes
  • Entretenimiento
  • Columnistas
    • Adriana Moreno
    • Carlos Ramírez
    • Héctor Moctezuma
    • Luis Repper
    • Takagui LoComenta
    • Miguel Ángel Sánchez de Armas
    • Moisés Sánchez Limón
    • Roberto Vizcaíno
    • Ubaldo Díaz

© 2010 Endirecto, Información EnDirecto, con el derecho a saber y opinar